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¿Qué es el certificado médico para la licencia de conducir (DTOP-DIS-260)?

El certificado médico para la licencia de conducir en Puerto Rico es el formulario DTOP-DIS-260 del Departamento de Transportación y Obras Públicas. Un médico autorizado a ejercer en Puerto Rico examina al solicitante personalmente, mide su agudeza visual y evalúa oídos, brazos y piernas. Como el examen es en persona, no se puede hacer por telemedicina, y nosotros no lo ofrecemos.

¿Lo podemos atender por telemedicina? No es algo que podamos hacer por telemedicina.

¿Qué pide el formulario DTOP-DIS-260?

El formulario cita la Ley 22 de 7 de enero de 2000 (Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico): todo aspirante a una licencia de conducir debe estar físicamente capacitado y sin aparente incapacidad mental para conducir. Las instrucciones al médico dicen: "El médico examinará al solicitante personalmente".

El formulario recoge:

  • Agudeza visual de cada ojo, con y sin lentes correctivos, y si usa espejuelos o lentes de contacto.
  • La condición de oídos, brazos y piernas, y comentarios sobre la condición física o mental.
  • Si ha padecido epilepsia, convulsiones, mareos o cualquier condición que cause pérdida del conocimiento.
  • Si padece del corazón, usa marcapasos o usa prótesis.
  • Peso, estatura y color de ojos y pelo.
  • La certificación del médico de que está autorizado a ejercer en Puerto Rico y de que examinó a la persona, con su firma, nombre y licencia, y la firma del solicitante.

¿Por qué el certificado médico para la licencia de conducir no se hace por telemedicina?

Porque el propio formulario exige un examen personal. Por video no se puede medir la agudeza visual con una cartilla estandarizada ni examinar oídos, brazos y piernas. Cualquier oferta de llenar el DTOP-260 "en línea" sin verle en persona no cumple con lo que el formulario certifica.

Nuestra médica no llena este formulario. Vea lo que no hacemos por telemedicina.

¿Cuándo lo necesito y cuánto tiempo es válido?

Los casos en que CESCO lo pide y el tiempo que acepta un certificado dependen de su trámite (licencia nueva, permiso de aprendizaje, renovación u otro). Confirme los requisitos vigentes con CESCO o el DTOP antes de ir al médico, y use la versión más reciente del formulario, porque el DTOP lo revisa de tiempo en tiempo.

¿Dónde lo consigo?

Con un médico licenciado en Puerto Rico que haga exámenes en persona: su médico de cabecera, un CDT o una oficina médica. Llame antes para preguntar si llenan el DTOP-DIS-260 y si miden la agudeza visual en la oficina. Lleve sus espejuelos o lentes de contacto y su identificación.

¿Buscaba otro certificado?

El certificado de salud para trabajar y la excusa médica son documentos distintos. Compárelos en la guía de certificados médicos en Puerto Rico o vea el certificado de salud. Si lo que necesita es atención para un problema de salud común, y no este formulario, eso sí puede hacerse en una consulta médica en línea.

Antes de reservar

  • Debe estar físicamente en Puerto Rico durante la consulta (visitantes y turistas son bienvenidos).
  • Atendemos desde 6 meses. Menores de 21 años: con su padre, madre o tutor legal presente en cámara durante toda la consulta.
  • Solo videollamada en tiempo real; no hacemos consultas por llamada telefónica.
  • No recetamos sustancias controladas.

Lo que no hacemos por telemedicina

Preguntas frecuentes

¿Qué es el formulario DTOP-260 y lo puede llenar un médico por telemedicina?
Es la certificación médica para la licencia de conducir. No se puede llenar por telemedicina: el formulario dice que el médico examinará al solicitante personalmente.
¿Qué me examinan para el certificado de la licencia?
La agudeza visual de cada ojo, con y sin lentes, y la condición de oídos, brazos y piernas. También le preguntan por convulsiones, desmayos, problemas del corazón, marcapasos y prótesis.
¿Lo puede firmar cualquier médico?
El formulario lo firma un médico que certifica estar autorizado a ejercer la medicina en Puerto Rico y que examinó al solicitante.

Fuentes

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