Políticas
Consentimiento informado para telemedicina
Antes de su primera consulta usted firma, por escrito, un consentimiento informado para telemedicina, como exige la Ley 168-2018 de Puerto Rico. Explica cómo le atendemos, los beneficios y límites de la consulta por video, los riesgos de confidencialidad de la tecnología y su derecho a negarse. Si el paciente tiene menos de 21 años, lo firma el padre o la madre con patria potestad, o el tutor legal.
Cómo le atendemos por telemedicina
La telemedicina es atención médica a distancia. Con nosotros, la consulta es en tiempo real, por video o por teléfono según el servicio y lo que la doctora considere apropiado, con la Dra. Diana Nieves Castro, MD, médico general licenciado en Puerto Rico. Atendemos a adultos y niños de todas las edades; si el paciente tiene menos de 21 años, la consulta es por video. Para el video le enviamos un enlace seguro; funciona en su teléfono, tableta o computadora. No damos atención solo por formulario ni por mensajes.
La doctora evalúa, diagnostica y trata; si hace falta, le da una orden de laboratorio para un laboratorio cerca de usted. Si es apropiado, la doctora le receta y le enviamos la receta a su farmacia. La doctora lleva un expediente de cada consulta, igual que en una visita en persona. Vea cómo funciona.
Beneficios y límites
La telemedicina le permite consultar sin trasladarse, desde cualquier lugar de Puerto Rico.
Por video la doctora no puede examinarle físicamente. Por eso, si su caso lo necesita, le dará una orden de laboratorio, le recomendará una visita en persona o le indicará que vaya a emergencias, y le explicará por qué. Una consulta por video no garantiza un diagnóstico, una receta, un documento ni un resultado concreto.
El tipo de consulta y el cambio a una consulta completa
Usted elige el tipo de consulta al solicitarla (vea los precios). Si en una consulta de seguimiento o de formularios la doctora ve que necesita una consulta médica completa, se lo explica y solo con su consentimiento paga la diferencia. Nunca le cobramos la diferencia sin su consentimiento.
Riesgos de confidencialidad de la tecnología
Ninguna tecnología es completamente segura. Aunque usamos un proveedor de expedientes de salud electrónicos que cumple con HIPAA y protegemos su información, puede haber fallas técnicas, interrupciones de la conexión o accesos no autorizados. Usted también puede ayudar: haga la consulta en un lugar privado, en un equipo que controle y en una red de confianza.
Cómo protegemos sus datos: no grabamos las consultas
Su expediente y su consulta por video están con un proveedor que se compromete a proteger su información de salud. Las consultas no se graban, ni en video ni en audio, y le pedimos que usted tampoco las grabe. La identificación que se muestra en cámara se revisa solo con la vista: no se toman fotos ni capturas de pantalla. Detalles en el aviso de privacidad.
Su derecho a negarse
Usted puede negarse a recibir atención por telemedicina, o retirar su consentimiento en cualquier momento, sin perder el derecho a recibir atención de otras formas. Si no firma, o si retira su consentimiento antes de que la doctora comience a evaluarle, le devolvemos el pago completo. Vea cancelaciones y reembolsos.
Pacientes menores de 21 años: patria potestad y presencia del tutor
Atendemos a niños de todas las edades. En Puerto Rico la mayoría de edad es a los 21 años, y el reglamento de telemedicina de la Junta de Licenciamiento y Disciplina Médica (Reglamento 9107, Regla 19) exige la autorización escrita de quien tiene la patria potestad o de un tutor nombrado por un tribunal. Esto aplica a todo tipo de consulta. Si el paciente tiene menos de 21 años:
- El padre o la madre con patria potestad, o el tutor legal, firma este consentimiento antes de la consulta y declara su relación con el paciente.
- Un tutor legal debe tener la resolución del tribunal que lo nombra.
- Esa persona está en cámara durante toda la consulta, salvo el rato a solas con el adolescente que acuerde con la doctora.
- Al comienzo muestra su identificación oficial con foto en cámara, y la doctora confirma el nombre y la fecha de nacimiento del paciente.
- Por ahora no aceptamos a otros adultos en su lugar, como abuelos, tíos o cuidadores, aunque tengan una autorización.
- Si falta la persona autorizada o no se puede verificar su identidad, la consulta no se realiza y le devolvemos el pago completo.
Adolescentes y los límites de la confidencialidad
Con un adolescente, la doctora puede hablar a solas con el paciente durante una parte de la consulta, solo si el padre, la madre o el tutor están de acuerdo. La doctora mantiene esa conversación en privado durante la consulta, pero anota en el expediente lo que sea importante para la salud del paciente, y el padre, la madre o el tutor pueden pedir el expediente. Además, la doctora debe actuar si hay riesgo de que el paciente se haga daño o haga daño a otros, y si sospecha maltrato.
Obligación de informar el maltrato
Los profesionales de la salud en Puerto Rico están obligados por ley a informar a las autoridades cualquier sospecha de maltrato o negligencia de un menor de 18 años (Ley 57-2023). Al firmar, usted reconoce que la doctora cumplirá esa obligación.
Debe estar físicamente en Puerto Rico
La doctora tiene licencia en Puerto Rico, así que el paciente debe estar físicamente en Puerto Rico durante toda la consulta. Si está de visita en la isla, también le atendemos. Al comienzo, la doctora le pedirá la dirección exacta donde se encuentra, para poder enviar ayuda si hay una emergencia durante la consulta. Si no está en Puerto Rico, la consulta no se realiza y le devolvemos el pago.
Emergencias
Este servicio no es para emergencias. Si tiene una emergencia, llame al 911 o vaya a la sala de emergencias más cercana. Si durante la consulta la doctora detecta una emergencia, le indicará que llame al 911 o, si hace falta, pedirá ayuda a la dirección que usted le dio. Vea cuándo ir a emergencias.
Dónde y cuándo firma el consentimiento informado para telemedicina
Usted firma este consentimiento en línea, en nuestra página para firmar el consentimiento informado, antes de su primera consulta. Le enviamos el enlace después de que solicita la consulta, y lo puede firmar en su teléfono, tableta o computadora. La ley permite que este consentimiento sea electrónico (Ley 68-2020). Al firmar, descarga su copia en PDF. Si prefiere firmar en papel, escríbanos y le explicamos cómo. Puede pedir una copia de lo que firmó en cualquier momento escribiendo a [email protected].
Preguntas frecuentes
¿Tengo que firmar un consentimiento informado?
¿Se graban las consultas?
¿La regla de los menores de 21 aplica a todas las consultas?
Fuentes (5)
- Ley 168-2018 de Telemedicina y Telesalud de Puerto Rico, Art. 10 (LexJuris) (se abre en una pestaña nueva) (consultado 2026-09-30)
- Ley 68-2020, que enmienda la Ley 168-2018: el consentimiento puede ser electrónico (Departamento de Salud) (se abre en una pestaña nueva) (consultado 2026-10-02)
- Reglamento 9107 de la Junta de Licenciamiento y Disciplina Médica para la telemedicina, Regla 19 (Departamento de Salud) (se abre en una pestaña nueva) (consultado 2026-10-02)
- Ley 139-2019 sobre el consentimiento para el tratamiento de menores (OGP) (se abre en una pestaña nueva) (consultado 2026-09-30)
- Ley 57-2023 para la Prevención del Maltrato y la Protección de los Menores (LexJuris) (se abre en una pestaña nueva) (consultado 2026-09-30)
